Como resultado del desarrollo de medidas preventivas cada vez más ajustadas a las condiciones de trabajo, y considerando los avances desarrollados en las diferentes materias que conciben la prevención de los riesgos, se desarrollan periódicamente actualizaciones normativas en relación al establecimiento de los límites de exposición a agentes químicos, por la importancia de los efectos de las mismas en los trabajadores, y considerando los riesgos vinculados al contacto directo bajo el que desarrollan su labor muchos de ellos.
En relacion a ello, considerar en primer lugar, las disposiciones establecidas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto 39/1997, por los que se establecen valores límite para estimar el riesgo por exposición a agentes químicos, cuando esta puede determinarse cuantitativamente mediante el control de las concentraciones de sustancias químicas en el puesto de trabajo.
Por otro lado además, está el Real Decreto 374/2001 sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores en relación a los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, considerando los valores límite de exposición profesional establecidos por el INSHT como referencia para el control de los riesgos resultado de la exposición de los trabajadores a agentes químicos.
Todo ello es resultado de la evaluación crítica de valores límite de exposición profesional establecidos por entidades relevantes, teniendo en cuenta la fiabilidad de los datos utilizados para el establecimiento de cada uno de ellos y su fecha de actualización. Este documento es revisado y actualizado anualmente para la adopción de los valores límite de exposición profesional comunitarios, o por las necesidades que planteen los cambios en los procesos de producción y la introducción de nuevas sustancias, o nuevos conocimientos técnicos y científicos, así como de la evolución del marco legal en el que se apliquen.
además, podemos considerar también el Real Decreto 374/2001, el cual transpone el deber establecido en la Directiva 98/24/CE de adoptar valores límite de exposición profesional propios para aquellos agentes químicos que a nivel comunitario tengan asignados valores límite de exposición profesional.
Como resultado de ello,se ha producido una consecuente actualización de los datos, sustancias y valores límite de exposición, contribuyendo alajuste a los riesgos asociados a la actividad, en relación a la neceisdad de desarrollo de esta en condiciones de seguridad y salud, objetivo fundamental considerando el derecho de todo trabajador a desarrollar sus labores profesionales bajo condiciones de salud y seguridad.
Fuente: Preventionworld
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