Según el Instituto Nacional de Estadística - INE, las enfermedades del sistema circulatorio se mantienen como la primera causa de muerte en España, con 124.197 fallecidos en el año 2016.
En PREVENSYSTEM queremos ayudar a reducir el número de fallecidos por accidentes cardiovasculares, mediante la implementación de Espacios Cardioprotegidos, y mediante la concienciación de la importancia de llevar con regularidad pautas cardiosaludables.
En PREVENSYSTEM nos ocupamos de convertir lugares y estancias habituales en Espacios Cardioprotegidos, mediante la implementación de dos actuaciones VITALES:
1) La instalación, señalización y revisión periódica del instrumental necesario para asistir con las mayores posibilidades de ÉXITO a una persona tras sufrir una parada cardíaca.
2) La formación, entrenamiento y capacitación legalmente exigible por cada Comunidad Autónoma, de las personas que deberán actuar en las situaciones en las que se requieran aplicar las técnicas normalizadas de Primeros Auxilios.
Respecto de la normativa aplicable, la cual genera bastante confusión, actualmente en España existe por un lado legislación que obliga a la instalación de Desfibriladores en determinados tipos de instalaciones, en cinco Comunidades Autónomas, y por otro lado legislación que regula el uso de los Desfibriladores instalados y convenientemente registrados de nivel Estatal (Ministerio de Sanidad) y las correspondientes adaptaciones en la normativa de las 17 Comunidades Autónomas Españolas.
Respecto de la normativa que regula la OBLIGACIÓN de instalar Desfibriladores, nos encontramos con:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en la Comunidad de Madrid:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en Andalucía:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en las Islas Canarias:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en Cataluña:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en el País Vasco:
Legislación sobre obligación de instalación de Desfibriladores en el Principado de Asturias:
Respecto de la normativa que regula el REGISTRO y el USO de los desfibriladores, nos encontramos con que la legislación sobre desfibriladores en España “recomienda”e incentiva la instalación, mediante un Decreto del año 2009 que regula la instalación de desfibriladores semiautomáticos (DESA) y/o automáticos (DEA), fuera del ámbito sanitario en España, pese al cual, no ha conseguido a fecha de hoy disponer de una total homogeneidad legal sobre su colocación y sobre los requisitos de la formación requerida para su uso y registro, debido a las disposiciones normativas existentes a este respecto en cada una de las Comunidades Autónomas.
Normativa a nivel nacional. Real Decreto 365/2009 del Ministerio de Sanidad
El citado Decreto recoge las características que han de cumplir los desfibriladores que se instalen en lugares públicos. En síntesis, los desfibriladores a instalar deben disponer de marcado CE y la norma nacional insta a las CC.AA. al desarrollo de la normativa al respecto a aplicar en su ámbito legislativo, por lo que de ella se desarrollan los reglamentos de cada una de las Comunidades Autónomas.
Los reglamentos regulan el uso de desfibriladores en cada Comunidad Autónoma: Formación requerida inicial y de reciclaje para el uso de desfibriladores por personal no sanitario, criterios y requisitos legalmente obligatorios para el uso y el registro del desfibrilador, etc.
En todos los casos se permite el uso de desfibriladores por personal no sanitario con unos mínimos requisitos de formación en Soporte Vital Básico y Desfibrilación, definiéndose los temas a desarrollar en los cursos de formación en RCP - DEA (Reanimación Cardio Pulmonar y Desfibrilación), definiendo también queentidadespueden impartir y certificar dicha formación y que requisitos deben cumplir para ello.
Por norma “general”se requiere de la instalación de un DEA o DESA con vitrina y cartel homologado de señalización, con pequeñas excepciones como por ejemplo Galicia, que incorpora una botella de oxígeno además del propio desfibrilador y siempre sujetos a los planes de mantenimiento recomendados por cada fabricante.
A continuación podemos acceder a la normativa desarrollada en cada Comunidad Autónoma sobre la instalación de Desfibriladores y sobre la formación requerida para su uso y registro:
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en ANDALUCÍA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en ARAGÓN
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en ASTURIAS
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en las ISLAS BALEARES
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en las ISLAS CANARIAS
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en CANTABRIA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en CASTILLA Y LEÓN
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en CASTILLA LA MANCHA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en CATALUÑA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en VALENCIA
RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2017, del director general de asistencia sanitaria, por la que se aprueban los programas de formación inicial y continuada para el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos (DESA) por personal no sanitario
Consulta pública para revisar la normativa autonómica del uso de desfibriladores en VALENCIA.
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en EXTREMADURA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en GALICIA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en MURCIA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en NAVARRA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en LA RIOJA
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en el PAÍS VASCO - EUSKADI
Legislación sobre la instalación y el uso de Desfibriladores en la Comunidad de Madrid:
Como vemos, los requisitos legales y normativos para la instalación, registro y uso de Desfibriladores automáticos (DEA) o semiautomáticos (DESA) en España, tienen ligeras variaciones dependientes de la Comunidad Autónoma donde se desean instalar y emplear. Pese a ello, el criterio “común” es que es necesario disponer de personal formado y capacitado que haya superado cursos de formación INICIALES y PERIÓDICOS, que sean teóricos y prácticos, y que hayan sido impartidos y certificados por una Entidad de Formación “reconocida” por laComunidadAutónoma correspondiente, para lo cual el curso debe ser impartido por personal sanitario con formación específica como Instructores de Soporte Vital Básico y Desfibrilación (SPB-DEA).
Sin tiempo que perder:
Cuando una persona sufre un paro cardiaco no tenemos tiempo que perder, las posibilidades de supervivencia de la persona se reducen entre un 7 y un 10% por cada minuto que pasa.
Sin embargo, actuando correctamente en los primeros instantes tras el suceso, y con los medios instrumentales adecuados, las posibilidades de ÉXITO ascienden prácticamente al 100%.
Por ello es VITAL disponer el instrumental necesario y de la formación y el entrenamiento requerido para poder actuar de forma eficiente y eficaz. No dude en contactar con PREVENSYSTEM, estaremos encantados de atenderles y orientarles sobre las mejores opciones disponibles para transformar la instalación que desee en un eficaz Espacio Cardioprotegido.