Hasta la publicación del II Convenio Colectivo Estatal del Sector del Metal, se hacía exigible que todos los trabajadores que fueran a realizar Trabajos en obras de construcción contaran con formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales específica al oficio que fueran a desempeñar.
Con este nuevo convenio del metal la formación en prevención exigible para los trabajadores cambia, y se amplía la obligatoriedad de formar en cursos de PRL, además, a todos los trabajadores del Sector del Metal que no trabajan en obras de construcción.
Ante este nuevo cambio, es normal que nos realicemos nuevas preguntas como ¿Quién puede impartir esta formación?; ¿Tengo algún plazo máximo para formar a mis trabajadores?; ¿qué formación deben tener?;... Para dar respuesta a estas preguntas te animo a que sigas leyendo este artículo.
¿Cuánto plazo tengo para formar a mis trabajadores?
El plazo para impartir y exigir esta formación a las empresas del sector, comienza a contar desde la aprobación del Capítulo XVII y el Anexo II del “II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del Sector del Metal (CEM)”, el 1 de Enero de 2017, por lo que ya es exigible.
Además se debe tener en cuenta otros criterios recogidos en el Convenio, relacionados con el número de trabajadores a formar cada año con carácter mínimo por cada empresa. De esta manera todas las empresas deberán formar como mínimo a un sexto de su plantilla cada semestre.
Teniendo en cuenta que esta obligación entró en vigor el 1 de Enero de 2017, sería necesario que la plantilla estuviera ya formada, y de no hacerlo no se estaría cumpliendo con la obligación impuesta en el Convenio Sectorial del Metal al respecto de los cursos de PRL que el convenio exige a todos los trabajadores del metal.
Hay que destacar que este límite es una formación en materia de prevención de riesgos laborales o formación en PRL de mínimos, ya que lo que persigue es que TODOS los trabajadores dispongan de esta formación. Ahora bien, cada empresa decide, teniendo en cuenta ese límite, el número de trabajadores a formar en cada semestre, pudiendo ampliar ese número mínimo establecido.
¿Qué cursos de prl del metal o formación en prevención del Metal es obligatoria?
Una vez que hemos explicado quienes están obligados a recibir esta nueva formación en prevención del metal, y el plazo del que disponían las empresas para ello, toca explicar de manera detallada que cursos de PRL en el Metal son obligatorios.
Para saber qué formación en prevención del Metal debo impartir a mis trabajadores, en primer lugar es necesario saber qué tipo de formación en PRL del Metal me aplica. Esto dependerá del lugar donde se desarrollen los Trabajos, ya que existen dos opciones:
Trabajadores del Sector cuya actividad no se desarrolla en obras de construcción. La formación en prevención del metal y su contenido mínimo se recoge en el Capítulo XVII y el Anexo II del Convenio.
Trabajadores que desarrollen su actividad en obras de construcción. La formación en prevención del metal para obras de construcción, y su contenido mínimo se recoge en el Capítulo XVIII y el Anexo IV del Convenio.
De esta manera y centrándonos en la novedad de formar en cursos PRL a todos los trabajadores del Sector del Metal que no desarrollan su actividad en obras de construcción, detallamos los diferentes cursos que se deben realizar, así como su duración y contenido:
En artículos posteriores explicaremos las características de la formación que deberán cumplir las empresas del sector cuya actividad se realice en obras de construcción.
CURSO PRL ONLINE DE FORMACIÓN DE DIRECTIVOS DEL METAL
Duración: 6 Horas
Metodología: Presencial o Teleformación
Contenidos mínimos:
FORMACIÓN PRL METAL PARA PERSONAL DE OFICINA
Duración: 6 Horas
Metodología: Presencial o Teleformación
Contenidos mínimos:
FORMACIÓN PARA TRABAJADORES DEL ÁREA DE PRODUCCIÓN Y/O MANTENIMIENTO. FORMACIÓN DE OFICIOS
Duración: 20 Horas
Metodología: Presencial
Contenidos mínimos: Se compondrá de una parte común de 12 horas de duración, y una parte específica de 8 horas.
Contenido parte Troncal (12 horas)
Contenidos Partes Específicas (8 horas)
¿Qué Partes Específicas existen?
Los contenidos de cada parte específica estarán relacionados con las labores propias que realiza cada trabajador, en función del CNAE de la empresa.
A modo de resumen a continuación explicamos las partes específicas que se recogen en el Convenio del Metal para los cursos de PRL:
FORMACIÓN DE TRABAJADORES CON FUNCIONES PREVENTIVAS DE NIVEL BÁSICO DE PRL METAL
Duración: 50 Horas
Metodología: Presencial (20 Horas) y Teleformación (30 Horas)
Contenidos mínimos:
Duración: 4 Horas cada 3 años
Metodología: Presencial para todas las formaciones, salvo para Directivos y personal de oficina donde se permitirá la modalidad Teleformación.
Contenidos mínimos:
El mismo que el establecido para la formación mínima de directivos, personal de oficina o la parte específica de la formación de los trabajadores del área de producción y/o mantenimiento según corresponda.
¿Quién puede impartir estos cursos de prevención del metal?
Este tipo de formación como ocurre en otros sectores, la debe impartir un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) autorizado por la Autoridad Laboral correspondiente, es decir, antes de formar a los trabajadores hay que confirmar que se trata de un SPA, ya que sino esta formación NO sería válida.
Si después de esto tienes dudas puedes ponerte en contacto con PREVENSYSTEM, estaremos encantados de aclarar todas tus dudas y ofrecerte una formación que cumpla todas las garantías!!
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