En este post vamos a tratar el contenido del ANEXO I del Reglamento 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, al cual podéis acceder en este ENLACE.
Para ponernos en situación queremos recordar los diferentes posts de nuestro blog que tratan sobre el Sistema de Autocontrol APPCC, podéis acceder a su lectura en cada enlace:
¿Cómo conseguir que el sistema APPCC aumente el prestigio de mi empresa?
Planes de Prerrequisitos - APPCC
El Artículo 1, que define el Ámbito de aplicación de este reglamento europeo, establece en su punto d) la aplicación general de procedimientos basados en los principios de análisis de peligros y puntos de control crítico, también llamado APPCC, que, junto con la aplicación de prácticas higiénicas correctas, debería reforzar la responsabilidad de las empresas alimentarias.
En su punto e) establece que las guías de prácticas correctas son un instrumento muy valioso para ayudar a los operadores de empresa alimentaria en todos los niveles de la cadena alimentaria a cumplir las normas sobre higiene de los alimentos y a aplicar los principios de APPCC.
Dentro del Anexo I (Producción primaria) encontramos el apartado A, que trata las disposiciones generales de higiene aplicables a la producción primaria y operaciones conexas.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
DISPOSICIONES QUE AFECTAN EN MATERIA DE HIGIENE:
Este tipo de empresas deberán asegurarse de que los productos primarios estén protegidos contra cualquier foco de contaminación, teniendo en cuenta cualquier tipo de transformación a que se sometan posteriormente.
Y deberán cumplir las correspondientes disposiciones legislativas comunitarias y nacionales relativas al control de los peligros en la producción primaria:
Además, los que se dediquen a la cría, la recolección o la caza de animales o a la producción de productos primarios de origen animal deberán tomar las siguientes 10 medidas:
Las empresas que producen o cosechen productos vegetales deberán tomar las siguientes medidas:
Cuando se informe a estas empresas de problemas detectados durante los controles oficiales deberán tomar las medidas oportunas para ponerles remedio.
REGISTROS:
Estas empresas deben llevar y conservar registros sobre las medidas aplicadas para controlar los peligros de manera adecuada y durante un período adecuado teniendo en cuenta la naturaleza y el tamaño de la empresa alimentaria. Si se lo solicitan, pondrán la información relevante de los registros a disposición de las autoridades competentes y de los operadores de empresa alimentaria que reciban su producción.
Aquellas que críen animales o que produzcan productos primarios de origen animal deberán llevar registros sobre:
Aquellas que produzcan o cosechen productos vegetales deberán llevar registros sobre:
Para CONSERVAR estos registros podrán estar asistidos por terceras personas.
Si tienes dudas de cómo implantar el Sistema APPCC en tu empresa y llevar al día todos los registros obligatorios puedes ponerte en contacto con nosotros.
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