Con efectos de 12 de mayo de 2019 el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modifica el art. 34 ET, instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente.
En el presente seminario se mostrará la normativa de aplicación, así como las opciones existentes para cumplir las exigencias normativas.
Conocer la normativa de aplicación así como opciones para implementar el Registro de Jornada.
- Personas empleadas de empresas con competencias en Recursos Humanos y en el Área Laboral, así como representantes legales con responsabilidad jurídica ante la administración y los órganos judiciales
- Personal directivo en general y, más en concreto, de RRHH y encargados de la parte laboral.
- Personal consultor.
- Etc.
- Normativa de aplicación
- Contenido del registro de jornada
- Opciones prácticas y eficaces para cumplir con el registro de jornada
- Normativa de aplicación
- Contenido del registro de jornada
- Opciones prácticas y eficaces para cumplir con el registro de jornada